Argentina cuenta con un vasto repertorio de normas protectoras del colectivo LGBTIQ. Sin embargo, la cuestión de la discriminación aún no ha avanzado de manera concreta y autónoma en la materia.
Ley Nacional Nº 23.592 de Actos Discriminatorios es del año 1988, lo cual torna a la norma obsoleta, en buena medida, por el mero paso del tiempo. Para subsanar esto, el Poder Legislativo Nacional comenzó a tratar en mayo de 2017, diversos proyectos de leyes que puedan actualizar las causales de discriminación que incorporen los motivos de orientación sexual y expresión e identidad de género. Algunos de estos proyectos poseen un enfoque sancionatorio, por medio del establecimiento de nuevos delitos penales; otros poseen un tinte más resarcitorio, optando por un sistema del orden de lo civil y la imposición de reparaciones ante casos de discriminación. En parte, se busca seguir un modelo semejante al que ya existe en la Ciudad de Buenos Aires, a través de su Ley 5.261 sancionada en 2015.
De esta manera, se puede ver que a nivel nacional la problemática de la discriminación no está actualizada a nivel normativo: las causales de discriminación por identidad de género u orientación sexual no se encuentren incluidas en los motivos históricos considerados en los textos legales más antiguos.
Por otro lado, la Argentina firmó en el año 2013 la Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia, la cual prohíbe de manera explícita la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad, y expresión de género. Sin embargo, ésta aún no se ha ratificado en una última etapa y, a su vez, por falta de ratificaciones de los Estados, todavía no está en vigencia en el sistema regional de protección de derechos humanos.
Desde otra óptica, se debe mencionar el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), creado en 1995 mediante la Ley 24.515 e iniciadas sus funciones en 1997. Sus competencias están detalladas en la mencionada ley y, en principio, no se hace alusión expresa a aquello que respecta al colectivo LGBTIQ, su orientación sexual e identidad de género. No obstante no estar explicitada la temática de manera directa, el Instituto en la práctica ha realizado numerosísimas acciones en miras a la promoción y protección de derechos de este colectivo, entre ellas: participar en actividades propuestas por organizaciones de la sociedad civil en relación a la temática; realizar capacitaciones a escuelas de todos los niveles, enfatizando la cuestión de identidad de género y orientación sexual; dar capacitaciones a personal de locales bailables nocturnos teniendo en cuenta la temática de diversidad sexual, realizar jornadas para la no discriminación incluyendo también esta perspectiva; realizar encuentros por la inclusión en Comunas de la Ciudad de Buenos Aires. El organismo tiene impacto en todo el país por ser una institución de carácter nacional con presencia federal y con sedes descentralizadas.
En otra línea, el Instituto ha tomado la iniciativa de relevar los medios de comunicación para el fomento de prácticas inclusivas, a la hora de referirse mediáticamente a personas pertenecientes al colectivo LGBTIQ. Asimismo, estableció una “Plataforma por una Internet Libre de Discriminación”. Todas estas acciones hacen al INADI un órgano gubernamental con participación activa en la cuestión de la protección y promoción de los derechos de las personas pertenecientes al colectivo de la diversidad sexual y, por consiguiente, una institución que debe ser tenida en cuenta cuando se analiza la temática LGBTIQ.
Todo lo descrito indica que, en la práctica, hay maneras de proteger al colectivo ante casos de discriminación y que se pueden identificar organismos de gobierno que se comprometen con la causa y que lo incluyen como parte de sus competencias primarias. Sin embargo, para poder realizar progreso concreto, debe sancionarse una nueva y actual ley nacional antidiscriminación que pueda enmarcar estas acciones y darle un piso legal claro.