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Ley 26.892 - Abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas (2013)

Ley 26.892 - Abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas (2013)
22 mayo 2017 Identidad & Diversidad

La Ley 26.892 tie­ne como obje­ti­vo “orien­tar la edu­ca­ción hacia cri­te­rios que evi­ten la dis­cri­mi­na­ción, fomen­ten la cul­tu­ra de la paz y la ausen­cia de mal­tra­to físi­co o psi­co­ló­gi­co” en la escue­la e “impul­sar estra­te­gias y accio­nes que for­ta­lez­can a las ins­ti­tu­cio­nes edu­ca­ti­vas y sus equi­pos docen­tes, para la pre­ven­ción y abor­da­je de situa­cio­nes de vio­len­cia en las mis­mas” (artícu­lo 3, inci­sos b y e).

La ley reco­no­ce la pro­ble­má­ti­ca del aco­so esco­lar y en su artícu­lo 4 atri­bu­ye al Minis­te­rio de Edu­ca­ción de la Nación la obli­ga­ción de “(…) pro­mo­ver la ela­bo­ra­ción y revi­sión de las nor­mas sobre con­vi­ven­cia en las ins­ti­tu­cio­nes edu­ca­ti­vas en cada una de las juris­dic­cio­nes edu­ca­ti­vas del país para todos los nive­les y moda­li­da­des de ense­ñan­za (…)”. En fun­ción de ello, el 3 de julio de 2014, el Minis­te­rio de Edu­ca­ción de la Nación en el mar­co de la 58° Asam­blea del Con­se­jo Fede­ral de Edu­ca­ción, resol­vió pro­mo­ver la apli­ca­ción de la Ley 26.892 y regu­lar las estra­te­gias de arti­cu­la­ción entre el Minis­te­rio de Edu­ca­ción de la Nación y las jurisdicciones.

En esta reso­lu­ción se esta­ble­ce una estra­te­gia ini­cial de acción para abor­dar la pro­ble­má­ti­ca. Sin embar­go, ni la ley ni la reso­lu­ción del Minis­te­rio con­tem­plan las cau­sas de aco­so esco­lar basa­das en dis­cri­mi­na­ción por la orien­ta­ción sexual o iden­ti­dad de géne­ro a pesar de los esfuer­zos pues­tos por las orga­ni­za­cio­nes acti­vis­ta en dos pro­yec­tos que con­tem­pla­ban esta variable.

Cada año sur­gen nue­vos casos de vio­len­cia con­tra jóve­nes LGBT que mues­tran la nece­si­dad de incor­po­rar alguno de los pro­yec­tos a la ley nacio­nal. Resul­ta nece­sa­ria la inclu­sión de la dis­cri­mi­na­ción por orien­ta­ción sexual o iden­ti­dad de géne­ro en la ley para com­ba­tir el aco­so esco­lar, para que las escue­las no sean indi­fe­ren­tes a la vio­len­cia y el aco­so o la inti­mi­da­ción por moti­vos de orien­ta­ción sexual, iden­ti­dad y expre­sión de géne­ro y pue­dan estar mejor pre­pa­ra­das para afron­tar dichas situa­cio­nes, con una nor­ma cla­ra que las res­pal­de a actuar.