La Ley de Reproducción Médicamente Asistida, también conocida como la Ley de Fertilización Asistida, fue aprobada en junio de 2013, y garantiza el acceso universal a los procedimientos y técnicas de reproducción, sin limitación por orientación sexual o estado civil de las y los destinatarios (artículo 8). También dispone que estos procedimientos sean incluidos en el Plan Médico Obligatorio además de los del diagnóstico y terapias de apoyo. La ley fue impulsada por organizaciones LGBT, como la FALGBT, la CHA, y la Fulana.
Éste es un gran paso en la legislación nacional, que derivó de la calificación de la infertilidad. Al dejar de ser definida y entendida como enfermedad, siguiendo los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud, nuevos grupos, como las mujeres solteras o las parejas del mismo sexo, pasaron a integrar automáticamente el público objetivo del derecho a la fertilización asistida.
Tampoco se establecen límites de edad. De esta forma, el derecho pasa a ser inclusivo y ya no un privilegio para pocos. A su vez, evita que se frustre el deseo de tener hijos debido a limitaciones económicas, ya que dentro del Plan Médico Obligatorio de las obras sociales, según prevé el artículo 8 de la ley, el tratamiento para tener hijos debe estar incluido, el “diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo, con los criterios y modalidades de cobertura que establezca la autoridad de aplicación”.
Con la sanción de la Ley se ha dado un importante paso en materia de igualdad de acceso a los derechos reproductivos. Presenta en su normativa una mirada que claramente tiende hacia la comprensión del ser humano en su integralidad, en sus valores, emociones y, por sobre todo y en lo puntual, considerando sus deseos de una maternidad o paternidad que por diferentes razones puede verse postergada, o en su caso, imposibilitada. Sin embargo, en los hechos, algunas obras sociales no estarían cumpliendo con la ley, por lo que ya se han iniciado acciones judiciales para revertir esta situación.