En este instrumento, se describen las responsabilidades primarias de todos los organismos de Gobierno.
En el Anexo 2/2, apartado 4, se mencionan las funciones primarias de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural.
En la descripción de las responsabilidades, se encuentra la de:
“Desarrollar e implementar programas tendientes a la preservación y protección de los derechos humanos, en casos de discriminación por razones étnicas, religiosas, de identidad sexual, política, nacionalidad o de género.”
En esta línea, se ve que la Subsecretaría posee como funciones primordiales la del planeo y desarrollo de programas que preserven los derechos humanos y prevengan la discriminación, donde entre los tipos de discriminación enumerados se mencionan la razón de identidad sexual.