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Decreto 293/16 – Modificación de la estructura organizativa del GCBA (2016)

Decreto 293/16 – Modificación de la estructura organizativa del GCBA (2016)
26 mayo 2017 Identidad & Diversidad

En este Decre­to se rea­li­za una modi­fi­ca­ción del orga­ni­gra­ma del Gobierno. En su Anexo se mues­tran los cam­bios y de éstos, el que se tie­ne en con­si­de­ra­ción es aquel que se des­pren­de la Sub­se­cre­ta­ría de Gobierno de la cual depen­de­rá la Direc­ción Gene­ral del Regis­tro del Esta­do Civil y Capa­ci­dad de las Per­so­nas. De ésta, sur­gi­rá la Geren­cia Ope­ra­ti­va Legal, la cual a su vez ten­drá a su inte­rior la Sub­ge­ren­cia de Regis­tros Especiales.

En rela­ción a esta Sub­ge­ren­cia, sus fun­cio­nes pri­ma­rias son las de: “Veri­fi­car el cum­pli­mien­to a las dis­po­si­cio­nes sobre modi­fi­ca­ción de actas.” Esta com­pe­ten­cia le per­mi­te rea­li­zar por vía admi­nis­tra­ti­va modi­fi­ca­cio­nes sobre cues­tio­nes regis­tra­les en lo que res­pec­ta a la Ley de Iden­ti­dad de Género.

En este caso, debi­do a que el cam­bio regis­tral sobre el nom­bre y géne­ro de la per­so­na es auto­má­ti­co, aque­llo que se tie­ne en cuen­ta es aquel que debe­rá dar­se sobre las actas de naci­mien­to don­de, aque­llo que se desea cam­biar, es el nom­bre del pro­ge­ni­tor. Una de las fun­cio­nes pri­ma­rias de esta Sub­ge­ren­cia es la de haber cread, por medio de Dis­po­si­cio­nes, la posi­bi­li­dad de cam­biar la iden­ti­dad de géne­ro de alguno de los pro­ge­ni­to­res del acta sin mediar trá­mi­te judicial.

Esta modi­fi­ca­ción impac­ta­rá en el nom­bre y géne­ro del pro­ge­ni­tor en el acta del hijo o hija. El trá­mi­te enton­ces se rea­li­za por medio de una Dis­po­si­ción del Direc­tor Gene­ral de Regis­tro del Esta­do Civil y Capa­ci­dad de las Per­so­nas don­de se auto­ri­za a que se labre nue­va acta de naci­mien­to con la modi­fi­ca­ción de los datos del pro­ge­ni­tor o pro­ge­ni­to­ra del hijo o hija y de esta mane­ra se res­pe­te el al prin­ci­pio de des-judi­cia­li­za­ción ema­na­do de la Ley Nacio­nal de Iden­ti­dad de Género.

De esta mane­ra el Decre­to, crean­do la Sub­ge­ren­cia, se apor­ta al efec­ti­vo cum­pli­mien­to de la ley en tér­mi­nos regis­tra­les bus­can­do uti­li­zar la mane­ra más efi­cien­te y pron­ta posible.