En Noviembre de 2015, se le da curso a un hábeas corpus interpuesto por la Defensoría General de la Nación que determinó los recaudos a adoptar en el caso de exámenes físicos que debieran ser realizados a las internas trans que ingresan en unidades carcelarias.
Este fallo tiene como ámbito de aplicación las unidades dependientes del Servicio Penitenciario Federal. A través de la sentencia, se estima que los exámenes físicos deberán realizarse por comparendos judiciales, ya que el aludido examen compromete la dignidad de las persona si no se justifica la necesidad y razonabilidad de su realización.
La Defensoría General retoma los dichos de la población trans (travesti, transexual, transgénero) detenidas en la órbita del Servicio Penitenciario Federal, y de sus relatos surgió que:
“los exámenes corporales y requisas resultan degradantes y que comprometen distintos derechos de raigambre constitucional e internacional (derecho a la integridad personal, a la dignidad, a no sufrir tratos crueles, inhumanos y degradantes, a la vida privada, a la no discriminación, a ser oídos y al acceso a la justicia) verificándose a través de esas prácticas una vulneración y restricción arbitraria de tales derechos, y por ende, un agravamiento ilegítimo en las condiciones de detención.”
Ante esto, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvió:
“Encomendar al juez de grado que convoque a una mesa de diálogo para que las partes, con la colaboración de los organismos, funcionarios o expertos que correspondan, elaboren en forma consensuada propuestas para hacer cesar las vulneraciones de derechos verificadas, tomando en consideración las pautas aquí señaladas, el Protocolo elaborado por el S.P.F. y las observaciones formuladas por la parte accionante a fs. 178/183vta.”
De esta manera, se va atendiendo lentamente a algunas de las numerosísimas vulneraciones de derechos que sufre la población trans, sobre todo aquella porción del colectivo que se encuentra en condiciones de detención y que, en más de los casos, son personas que sufren la estigmatización, discriminación y abusos de poder. Estos padecimientos son compartidos en cierta medida por todas las personas privadas de la libertad, sin embargo, la población trans detenida, debido a su expresión de identidad de género, es pasible de sufrir aún más vejaciones.
En el marco de esta causa, fue posteriormente elaborada y homologada la “Guía de Procedimiento de ‘visu médico’ y de ‘control y registro’ de personas trans en el ámbito del Servicio Central de Alcaidías”. La guía regula cómo deben ser revisadas médicamente y requisadas las personas trans que ingresen a las Alcaidías ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependientes del Servicio Penitenciario Federal. [1]
NOTA
[1] Véase: http://www.mpd.gov.ar/index.php/programas-y-comisiones/55-comision-sobre-tematicas-de-genero/2410-se-homologo-guia-para-regular-las-requisas-a-personas-trans