La causa materia de análisis tramitó ante el Juzgado de Familia y Minoridad N° 1 de Río Grande quien otorgó el 19 de Febrero de 2015 la adopción plena de dos hermanos menores a un matrimonio igualitario, debido a que los niños se encuentran en estado de adoptabilidad, y se acreditó que los peticionantes les brindan contención afectiva y se preocupan constantemente por la situación de los mismos, y a su vez de las pruebas aportadas se demostró que la dinámica familiar es favorable para el desarrollo psicosocial de los menores, cumpliendo los adoptantes las funciones de padres con cariño y firmeza, por lo que se reúnen los requisitos establecidos en el art. 315, primer párrafo del Código Civil.
Si bien lo resuelto es algo esperable tras la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario, es sabido que aún resulta compleja la efectiva implementación de las cuestiones de adopción en materia de matrimonios homoparentales [1]. Por lo tanto, este fallo refleja un avance en estos términos.
NOTA
[1] Ver más en: http://noticias.perfil.com/2017/03/10/las-barreras-ocultas-que-sufren-las-parejas-gay-para-adoptar-un-hijo/