La Ley establece en el artículo 80 inciso 4 del Código Penal como homicidio agravado el cometido “por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.” Además, impone penas más duras para casos de violencia de género.
Las organizaciones dieron apoyo a la ley, aludiendo al conocido caso de homicidio de Natalia “Pepa” Gaitán en Córdoba en 2010 en manos de su padrastro. Asimismo, insistieron en la necesidad de aprobar una nueva ley de penalización de actos discriminatorios que incluya como motivo de discriminación la orientación sexual y la identidad de género, que aún se encuentra pendiente.