El caso de “O., M. L.” del Juzgado Civil y Comercial Nº 12 de la provincia de Corrientes, del año 2008, es similar al caso “L., J. C” [1]. Una mujer solicita la reasignación de sexo y cambio de nombre en la partida de nacimiento de su hija de cuatro años de edad, quien había nacido con una ambigüedad sexual congénita, por la que fue erróneamente inscripta como varón. La madre solicita, además, una cirugía correctiva, a efectos de dar una solución a la deformación patológica que sufre la niña, para lo que precisa previamente una reasignación judicial de cambio de sexo y nombre.
El tribunal, haciendo referencia al derecho a la identidad sexual y a la salud psicofísica de la niña, admite la solicitud de la madre. Autoriza la realización de la intervención quirúrgica y, a su vez, la anulación de la partida de nacimiento y la inscripción con sexo y nombre femeninos, por considerar que la partida contenía un error esencial respecto de la identidad de la persona.
Sin embargo, cabe remarcar que se hace referencia nuevamente a la Ley 17.132, en particular a su artículo 19 inciso 4º, hoy derogado por la Ley de Identidad de Género. Por lo tanto, es importante destacar que el tribunal admite la realización de la operación solicitada, entendiendo que:
“no se trata de cambio de sexo, si no de la asignación correcta del mismo, de su determinación o definición, debido a un error inferido involuntariamente al momento de nacer la menor por causa de un defecto congénito.”
NOTA
[1] Fallo “O., M. L.”, Juzgado Civil y Comercial Nº 12 de la provincia de Corrientes, de fecha 04/04/2008. Publicado en: DJ 13/08/2008, 1004 con nota de Marcelo Sebastián Midón – DJ 2008-II. Cita online: AR/JUR/1835/2008.