Resolución N° 141/2014 sobre la Estigmatización y criminalización de las personas homosexuales en programa de radio fue emitida por la Defensoría del Público, institución que ha hecho un gran trabajo para la protección del colectivo LGBT que, asimismo, ha sido reconocido tanto por Naciones Unidas como por la CIDH.
En esta línea, el 29 de diciembre de 2014 se emitió la Resolución Nº 141/2014. Esta Resolución recapitula una denuncia en particular, los hechos y los antecedentes. Luego expone el proceder de la Defensoría ante estos hechos puntuales, donde ésta procuró lograr una reflexión colectiva como consecuencia de lo acaecido. Tras la “Evaluación realizada por la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo” y el “Análisis efectuado por la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos” la Defensoría resuelve:
“A fin de concluir la presente Resolución, resulta ineludible destacar que el proceso jurídico-normativo tendiente a equiparar condiciones desiguales basadas en la orientación sexual de las personas, debe ser acompañado por los servicios de comunicación audiovisual. Ello implica por un lado, evitar emisiones que atenten contra las personas en razón de su orientación sexual, y asimismo la obligación de promover el abordaje de dicha temática, con criterios respetuosos de los derechos consagrados, tanto a nivel nacional como internacional.
En este sentido, el ya mencionado Artículo 3, inciso m) de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, junto con los Principios de Yogyakarta y la Declaración Conjunta Sobre Universalidad y el Derecho a la Libertad de Expresión, hacen especial mención a la intrínseca necesidad de que los servicios de comunicación audiovisual contemplen en la agenda mediática, diversas temáticas comprensivas de la diversidad. Ello resulta esencial en la construcción del entramado social al que contribuyen tanto la radio como la televisión, al revestir una función socializadora.”
Esta conclusión expuesta en la Resolución es otro ejemplo los avances que se vienen realizando en pos de la efectiva concreción de los estándares internacionales de protección del colectivo LGTBI.