Esta ordenanza fue emitida el 2 de Junio de 2016, y establece un cupo de personas travestis, transexuales y transgénero como parte de la planta permanente de la administración pública, así como promover la inclusión de este colectivo en los distintos organismos autárquicos, descentralizados y bajo otras modalidades de contratación.
De esta manera, Santa Fe junto con la Provincia de Buenos Aires, son las dos únicas provincias que cuentan con un cupo trans, lo cual debe ser fervientemente reconocido. Lamentablemente ambas provincias exceden el marco de protección que la población trans posee a nivel nacional desde el aspecto de la inclusión laboral. Eventualmente estas iniciativas podrán servir de inspiración a nivel nacional o sobre otras jurisdicciones provinciales.