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Ley 7.062 - Código de Faltas de La Rioja (2001)

Ley 7.062 - Código de Faltas de La Rioja (2001)
27 mayo 2017 Identidad & Diversidad

Pese a la cor­ta edad que tie­ne la Ley pro­vin­cial 7.062, antes de comen­zar la redac­ción del artícu­lo 60, el títu­lo de la sec­ción reza “Pros­ti­tu­ción escan­da­lo­sa y Homo­se­xua­lis­mo”. Si bien en la lec­tu­ra de los artícu­los no se dice expre­sa­men­te nada sobre per­so­nas homo­se­xua­les, el títu­lo indi­ca­ría que la san­ción está pre­vis­ta para la pros­ti­tu­ción, inclui­da la pros­ti­tu­ción homosexual.

Más allá de la exis­ten­cia de una deci­sión pro­vin­cial de per­se­guir la pros­ti­tu­ción, sería rele­van­te la acla­ra­ción refe­ren­te a la homo­se­xua­li­dad dado que su enun­cia­do actual resul­ta discriminatorio.

Es decir, en este caso se reco­ge la nor­ma­ti­va de refe­ren­cia para refle­jar nor­ma­ti­va que dis­cri­mi­na y cri­mi­na­li­za, y no por sus fines de pro­tec­ción de dere­chos. De todas mane­ras, exis­te una con­tra­dic­ción nor­ma­ti­va en  la Pro­vin­cia debi­do a que, actual­men­te, en para­le­lo a esta nor­ma hay otras que pro­te­gen los dere­chos del colec­ti­vo LGBT.