Este página fue desarrollada en 2017. Algunos conceptos y contenidos aquí publicados requieren una actualización. Próximamente comenzaremos a trabajar en la revisión de los contenidos, así como también en la nueva política de privacidad de la web.

Ley 3.328 - Ley de Sangre y modif. Ley 4.628 (2013)

Ley 3.328 - Ley de Sangre y modif. Ley 4.628 (2013)
23 mayo 2017 Identidad & Diversidad

Median­te la Ley 4.628 se modi­fi­có el inci­so d) del artícu­lo 3 de la Ley de San­gre para rem­pla­zar su anti­guo tex­to por el siguiente:

Los donan­tes de san­gre tie­nen dere­cho a ser asis­ti­dos de acuer­do con los pro­ce­di­mien­tos, nor­mas y con­tro­les esta­ble­ci­dos por la auto­ri­dad de apli­ca­ción. Al momen­to de donar no se reque­ri­rá infor­ma­ción de los/las donan­tes res­pec­to a su iden­ti­dad de géne­ro, orien­ta­ción sexual o cual­quier infor­ma­ción que resul­te discriminatoria”.

De esta mane­ra, se erra­di­ca­ron de los for­mu­la­rios de dona­ción de san­gre aque­llas pre­gun­tas dis­cri­mi­na­to­rias que impe­dían efec­tuar la dona­ción de san­gre a las per­so­nas LGBT.