Este página fue desarrollada en 2017. Algunos conceptos y contenidos aquí publicados requieren una actualización. Próximamente comenzaremos a trabajar en la revisión de los contenidos, así como también en la nueva política de privacidad de la web.

Caso D., P. A. (2007)

Caso D., P. A. (2007)
22 mayo 2017 Identidad & Diversidad

Un caso a resal­tar es el de “D., P. A.” de la Sala II de la Cáma­ra de Ape­la­cio­nes en lo Civil y Comer­cial de Rosa­rio, Pro­vin­cia de San­ta Fe, del año 2007. Tras el falle­ci­mien­to de su pare­ja (C., A. V), una per­so­na homo­se­xual (D., P. A.) ini­ció una deman­da por “diso­lu­ción de comu­ni­dad de bie­nes”, y con el obje­to de que se le reco­no­cie­ra el 50% de un bien inmue­ble, con­tra los suce­so­res de la per­so­na falle­ci­da [1]. La pare­ja había con­vi­vi­do en una “unión de hecho homo­se­xual” has­ta el momen­to en que se pro­du­jo el deceso.

En Pri­me­ra Ins­tan­cia se hace hin­ca­pié en la ausen­cia de nor­ma­ti­va con res­pec­to al tema en cues­tión, sos­te­nien­do que se ana­li­za­ría el caso sobre la base de las nor­mas gene­ra­les del dere­cho, y se recha­za la deman­da, por no haber acre­di­ta­do el soli­ci­tan­te la exis­ten­cia de apor­tes a la socie­dad de hecho. El inmue­ble había sido adqui­ri­do por C., A. V., con su pro­pio patri­mo­nio, y no había prue­bas que indi­ca­ran la exis­ten­cia de la par­ti­ci­pa­ción de D., P. A.

D., P. A. ape­la la deci­sión, pero la Cáma­ra con­fir­ma la sen­ten­cia. Para así deci­dir, la Cáma­ra con­si­de­ra nece­sa­ria la prue­ba de la exis­ten­cia de la socie­dad de hecho. Sin embar­go, no se encuen­tran acre­di­ta­dos apor­tes de sig­ni­fi­ca­ción por par­te de D., P. A. a la socie­dad de hecho para poder acce­der a la pretensión.

NOTA

[1] Fallo “D., P. A. c. V., H. y/u otro”, Cáma­ra de Ape­la­cio­nes en lo Civil y Comer­cial de Rosa­rio, Sala II Inte­gra­da, de fecha 02/11/2007. Publi­ca­do en LLLi­to­ral 2008 (mar­zo), 220, 2008/03/12, 87. Cita onli­ne: AR/JUR/9210/2007.

Descargar fallo