Los Principios de Yogyakarta establecen que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Todos los derechos humanos son universales, complementarios, indivisibles e interdependientes. La orientación sexual y la identidad de género son esenciales para la dignidad y la humanidad de toda persona y no deben ser motivo de discriminación o abuso”
Estos Principios fueron elaborados en noviembre del año 2006 en la ciudad indonesa de Yogyakarta, a raíz de una solicitud efectuada por Louise Arbour, ex Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (2004–2008). Para su confección colaboraron 29 expertos en derechos humanos y derecho internacional de diferentes países.
La Comisión Internacional de Juristas y el Servicio Internacional para los Derechos Humanos, en nombre de una coalición de organizaciones de derechos humanos, desarrollaron un proyecto que incluye una serie de principios jurídicos internacionales sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos. Estos principios se apoyan en el progreso positivo del derecho internacional y funcionan como una herramienta esclarecedora que ayuda a comprender de qué manera debe aplicarse la normativa vigente en derechos humanos en casos específicos donde se puedan ver vulnerados los derechos del colectivo LGBT.
Los principales aportes de los Principios son:
- Analizan una amplia gama de normas de derechos humanos y su aplicación a las cuestiones relativas a la orientación sexual y la identidad de género.
- Estipulan la obligación primordial que tienen los Estados en cuanto a la implementación de los derechos humanos.
- Además, cada principio viene acompañado por recomendaciones dirigidas a los estados, e incluyen recomendaciones adicionales dirigidas al sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, a las instituciones nacionales de derechos humanos, a los medios de comunicación, a las organizaciones no gubernamentales y a las agencias financiadoras.
Estos Principios son relevantes porque ponen en relieve la situación de especial vulnerabilidad que padecen las personas que pertenecen al colectivo LGBT. Si bien en teoría el marco normativo las protege, en la práctica sus derechos son conculcados por su orientación sexual o su identidad de género. El hecho de que estos avances normativos a nivel internacional ocurran en el mismo momento sugiere que el sistema de derechos humanos está dando respuesta a estas situaciones de especial vulnerabilidad. Posiblemente, el motor de estos cambios normativos esté dado por la creciente movilización de activistas en todo el mundo.